Una persona acudió a esta Defensoría para manifestar su desacuerdo con el derribo de un edificio en un pequeño municipio de la provincia de Soria; exponía que el edificio se hallaba en buen estado de conservación y tenía asignado un uso, por lo que la demolición suponía un detrimento en el patrimonio de la entidad. El mimo motivo había sido expuesto en el periodo de alegaciones previo a la aprobación del proyecto de la obra.
El Ayuntamiento nos informó que el inmueble no se encontraba en buen estado de conservación, de ahí la necesidad de demolerlo que había quedado justificada en la memoria descriptiva de la obra; las alegaciones habían sido desestimadas por las razones reflejadas en el acuerdo de aprobación definitiva del proyecto.
Siendo cierto que el Pleno había tenido en cuenta las alegaciones al aprobar definitivamente el proyecto, no había notificado a las personas que las presentaron las razones en que se había basado para no acogerlas. Por eso, el Procurador del Común recomendó al Ayuntamiento realizar esa notificación.
Una persona acudió a esta Defensoría para manifestar su desacuerdo con el derribo de un edificio en un pequeño municipio de la provincia de Soria; exponía que el edificio se hallaba en buen estado de conservación y tenía asignado un uso, por lo que la demolición suponía un detrimento en el patrimonio de la entidad. El mimo motivo había sido expuesto en el periodo de alegaciones previo a la aprobación del proyecto de la obra.
El Ayuntamiento nos informó que el inmueble no se encontraba en buen estado de conservación, de ahí la necesidad de demolerlo que había quedado justificada en la memoria descriptiva de la obra; las alegaciones habían sido desestimadas por las razones reflejadas en el acuerdo de aprobación definitiva del proyecto.
Siendo cierto que el Pleno había tenido en cuenta las alegaciones al aprobar definitivamente el proyecto, no había notificado a las personas que las presentaron las razones en que se había basado para no acogerlas. Por eso, el Procurador del Común recomendó al Ayuntamiento realizar esa notificación.
En esta actuación de oficio se aborda la gestión de las pérdidas de agua potable que realizan los municipios de más de 5000 habitantes en nuestra Comunidad Autónoma. En este sentido se destaca que, según estudios, entre un 15% y un 16% del agua se pierde debido a fugas y averías en las redes de distribución y que el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, establece la obligación de las administraciones locales de evaluar dichas pérdidas estructurales, con un primer informe previsto para el primer trimestre de 2025. Tras recopilar la información que nos proporcionaron las entidades locales, evaluamos la implementación de los controles sobre las pérdidas de agua que se habían establecido y conocimos las medidas que venían adoptando. En cuanto a los Ayuntamientos que no respondieron a nuestras solicitudes de información fueron incluidos en el Registro de Administraciones no colaboradoras con esta Defensoría.
La información recopilada nos permitió conocer, no obstante, que la mayoría de las Entidades locales de nuestro ámbito territorial realizaban controles de las fugas que se producían en en sus redes y también conocían la eficiencia de sus sistemas. Sin embargo, se identificaron carencias en aspectos como la sectorización de redes, la contabilización de consumos municipales no registrados (baldeo, riego de jardines) y la detección de fugas mediante tecnologías avanzadas. Por ello, en la resolución que formulamos como conclusión de nuestras actuaciones se incluyen algunas observaciones como la necesidad de instalar contadores en todas las tomas de agua, implementar planes de detección de fugas, priorizar la modernización de infraestructuras obsoletas y fomentar el uso de tecnologías avanzadas para reducir pérdidas aparentes y reales. También insta a cumplir con la normativa del RD 3/2023, notificando los datos al Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo (SINAC) dentro de los plazos previstos. Se recomienda continuar con campañas informativas para sensibilizar a la población sobre el uso responsable del agua y reforzar los controles para prevenir el fraude en el consumo. Por último, se recuerda a los Ayuntamientos la obligación de colaborar con el Procurador del Común en futuras investigaciones.
En esta actuación de oficio se aborda la gestión de las pérdidas de agua potable que realizan los municipios de más de 5000 habitantes en nuestra Comunidad Autónoma. En este sentido se destaca que, según estudios, entre un 15% y un 16% del agua se pierde debido a fugas y averías en las redes de distribución y que el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, establece la obligación de las administraciones locales de evaluar dichas pérdidas estructurales, con un primer informe previsto para el primer trimestre de 2025. Tras recopilar la información que nos proporcionaron las entidades locales, evaluamos la implementación de los controles sobre las pérdidas de agua que se habían establecido y conocimos las medidas que venían adoptando. En cuanto a los Ayuntamientos que no respondieron a nuestras solicitudes de información fueron incluidos en el Registro de Administraciones no colaboradoras con esta Defensoría.
La información recopilada nos permitió conocer, no obstante, que la mayoría de las Entidades locales de nuestro ámbito territorial realizaban controles de las fugas que se producían en en sus redes y también conocían la eficiencia de sus sistemas. Sin embargo, se identificaron carencias en aspectos como la sectorización de redes, la contabilización de consumos municipales no registrados (baldeo, riego de jardines) y la detección de fugas mediante tecnologías avanzadas. Por ello, en la resolución que formulamos como conclusión de nuestras actuaciones se incluyen algunas observaciones como la necesidad de instalar contadores en todas las tomas de agua, implementar planes de detección de fugas, priorizar la modernización de infraestructuras obsoletas y fomentar el uso de tecnologías avanzadas para reducir pérdidas aparentes y reales. También insta a cumplir con la normativa del RD 3/2023, notificando los datos al Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo (SINAC) dentro de los plazos previstos. Se recomienda continuar con campañas informativas para sensibilizar a la población sobre el uso responsable del agua y reforzar los controles para prevenir el fraude en el consumo. Por último, se recuerda a los Ayuntamientos la obligación de colaborar con el Procurador del Común en futuras investigaciones.
En esta actuación de oficio se aborda la gestión de las pérdidas de agua potable que realizan los municipios de más de 5000 habitantes en nuestra Comunidad Autónoma. En este sentido se destaca que, según estudios, entre un 15% y un 16% del agua se pierde debido a fugas y averías en las redes de distribución y que el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, establece la obligación de las administraciones locales de evaluar dichas pérdidas estructurales, con un primer informe previsto para el primer trimestre de 2025. Tras recopilar la información que nos proporcionaron las entidades locales, evaluamos la implementación de los controles sobre las pérdidas de agua que se habían establecido y conocimos las medidas que venían adoptando. En cuanto a los Ayuntamientos que no respondieron a nuestras solicitudes de información fueron incluidos en el Registro de Administraciones no colaboradoras con esta Defensoría.
La información recopilada nos permitió conocer, no obstante, que la mayoría de las Entidades locales de nuestro ámbito territorial realizaban controles de las fugas que se producían en en sus redes y también conocían la eficiencia de sus sistemas. Sin embargo, se identificaron carencias en aspectos como la sectorización de redes, la contabilización de consumos municipales no registrados (baldeo, riego de jardines) y la detección de fugas mediante tecnologías avanzadas. Por ello, en la resolución que formulamos como conclusión de nuestras actuaciones se incluyen algunas observaciones como la necesidad de instalar contadores en todas las tomas de agua, implementar planes de detección de fugas, priorizar la modernización de infraestructuras obsoletas y fomentar el uso de tecnologías avanzadas para reducir pérdidas aparentes y reales. También insta a cumplir con la normativa del RD 3/2023, notificando los datos al Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo (SINAC) dentro de los plazos previstos. Se recomienda continuar con campañas informativas para sensibilizar a la población sobre el uso responsable del agua y reforzar los controles para prevenir el fraude en el consumo. Por último, se recuerda a los Ayuntamientos la obligación de colaborar con el Procurador del Común en futuras investigaciones.
En esta actuación de oficio se aborda la gestión de las pérdidas de agua potable que realizan los municipios de más de 5000 habitantes en nuestra Comunidad Autónoma. En este sentido se destaca que, según estudios, entre un 15% y un 16% del agua se pierde debido a fugas y averías en las redes de distribución y que el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, establece la obligación de las administraciones locales de evaluar dichas pérdidas estructurales, con un primer informe previsto para el primer trimestre de 2025. Tras recopilar la información que nos proporcionaron las entidades locales, evaluamos la implementación de los controles sobre las pérdidas de agua que se habían establecido y conocimos las medidas que venían adoptando. En este sentido conocimos que la mayoría de los Ayuntamientos que dieron respuesta a nuestras solicitudes de información manifestaron que realizaban controles de las fugas que se producían en en sus redes y también la eficiencia de sus sistemas. Sin embargo, se identificaron carencias en aspectos como la sectorización de redes, la contabilización de consumos municipales no registrados (baldeo, riego de jardines) y la detección de fugas mediante tecnologías avanzadas. Por ello en la resolución que formulamos como conclusión de nuestras actuaciones se incluyen algunas observaciones como la necesidad de instalar contadores en todas las tomas de agua, implementar planes de detección de fugas, priorizar la modernización de infraestructuras obsoletas y fomentar el uso de tecnologías avanzadas para reducir pérdidas aparentes y reales. También insta a cumplir con la normativa del RD 3/2023, notificando los datos al Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo (SINAC) dentro de los plazos previstos.
Finalmente, se recomienda continuar con campañas informativas para sensibilizar a la población sobre el uso responsable del agua y reforzar los controles para prevenir el fraude en el consumo, destacando la importancia de garantizar un suministro eficiente y sostenible de este recurso esencial.