En esta actuación de oficio hemos abordado la situación que presentan algunas instalaciones de alumbrado público municipal en este contexto de escalada de los precios de la luz y de implantación de medidas dirigidas a la disminución del consumo. Creemos que las administraciones deben liderar los esfuerzos de ahorro en consumo energético que se están requiriendo a todos los ciudadanos, y uno de los servicios públicos en los que se puede actuar es en el alumbrado, puesto que suele ser una de las partidas de gasto más importantes dentro del presupuesto municipal, y podría abrir la puerta a un mayor ahorro si se apuesta por la eficiencia. Por ello hemos dirigido una recomendación general a todos los Ayuntamientos de más de 5 mil habitantes de nuestro ámbito territorial para que continúen con la mejora de las instalaciones de alumbrado público municipal, de manera que se puedan sustituir las luminarias y/o instalaciones que hayan quedado obsoletas, instalando en su lugar sistemas más duraderos y eficientes. Además, les hemos recomendado que realicen estudios del impacto ambiental lumínico, tanto de las instalaciones preexistentes como de las proyectadas, verificando los niveles lumínicos instalados en cada municipio, las uniformidades, los deslumbramientos y especialmente la luz intrusa y no útil, en cumplimiento de las medidas de ahorro y eficiencia energética plasmadas en la Ley 15/2010, de 10 de diciembre, de Prevención de la Contaminación Lumínica y del Fomento del Ahorro y Eficiencia Energética de Castilla y León, como garantía de un servicio público de calidad y eficiente.
En esta actuación de oficio hemos abordado la situación que presentan algunas instalaciones de alumbrado público municipal en este contexto de escalada de los precios de la luz y de implantación de medidas dirigidas a la disminución del consumo. Creemos que las administraciones deben liderar los esfuerzos de ahorro en consumo energético que se están requiriendo a todos los ciudadanos, y uno de los servicios públicos en los que se puede actuar es en el alumbrado, puesto que suele ser una de las partidas de gasto más importantes dentro del presupuesto municipal, y podría abrir la puerta a un mayor ahorro si se apuesta por la eficiencia. Por ello hemos dirigido una recomendación general a todos los Ayuntamientos de más de 5 mil habitantes de nuestro ámbito territorial para que continúen con la mejora de las instalaciones de alumbrado público municipal, de manera que se puedan sustituir las luminarias y/o instalaciones que hayan quedado obsoletas, instalando en su lugar sistemas más duraderos y eficientes. Además, les hemos recomendado que realicen estudios del impacto ambiental lumínico, tanto de las instalaciones preexistentes como de las proyectadas, verificando los niveles lumínicos instalados en cada municipio, las uniformidades, los deslumbramientos y especialmente la luz intrusa y no útil, en cumplimiento de las medidas de ahorro y eficiencia energética plasmadas en la Ley 15/2010, de 10 de diciembre, de Prevención de la Contaminación Lumínica y del Fomento del Ahorro y Eficiencia Energética de Castilla y León, como garantía de un servicio público de calidad y eficiente.
En esta actuación de oficio hemos abordado la situación que presentan algunas instalaciones de alumbrado público municipal en este contexto de escalada de los precios de la luz y de implantación de medidas dirigidas a la disminución del consumo. Creemos que las administraciones deben liderar los esfuerzos de ahorro en consumo energético que se están requiriendo a todos los ciudadanos, y uno de los servicios públicos en los que se puede actuar es en el alumbrado, puesto que suele ser una de las partidas de gasto más importantes dentro del presupuesto municipal, y podría abrir la puerta a un mayor ahorro si se apuesta por la eficiencia. Por ello hemos dirigido una recomendación general a todos los Ayuntamientos de más de 5 mil habitantes de nuestro ámbito territorial para que continúen con la mejora de las instalaciones de alumbrado público municipal, de manera que se puedan sustituir las luminarias y/o instalaciones que hayan quedado obsoletas, instalando en su lugar sistemas más duraderos y eficientes. Además, les hemos recomendado que realicen estudios del impacto ambiental lumínico, tanto de las instalaciones preexistentes como de las proyectadas, verificando los niveles lumínicos instalados en cada municipio, las uniformidades, los deslumbramientos y especialmente la luz intrusa y no útil, en cumplimiento de las medidas de ahorro y eficiencia energética plasmadas en la Ley 15/2010, de 10 de diciembre, de Prevención de la Contaminación Lumínica y del Fomento del Ahorro y Eficiencia Energética de Castilla y León, como garantía de un servicio público de calidad y eficiente.
En esta actuación de oficio hemos abordado la situación que presentan algunas instalaciones de alumbrado público municipal en este contexto de escalada de los precios de la luz y de implantación de medidas dirigidas a la disminución del consumo. Creemos que las administraciones deben liderar los esfuerzos de ahorro en consumo energético que se están requiriendo a todos los ciudadanos, y uno de los servicios públicos en los que se puede actuar es en el alumbrado, puesto que suele ser una de las partidas de gasto más importantes dentro del presupuesto municipal, y podría abrir la puerta a un mayor ahorro si se apuesta por la eficiencia. Por ello hemos dirigido una recomendación general a todos los Ayuntamientos de más de 5 mil habitantes de nuestro ámbito territorial para que continúen con la mejora de las instalaciones de alumbrado público municipal, de manera que se puedan sustituir las luminarias y/o instalaciones que hayan quedado obsoletas, instalando en su lugar sistemas más duraderos y eficientes. Además, les hemos recomendado que realicen estudios del impacto ambiental lumínico, tanto de las instalaciones preexistentes como de las proyectadas, verificando los niveles lumínicos instalados en cada municipio, las uniformidades, los deslumbramientos y especialmente la luz intrusa y no útil, en cumplimiento de las medidas de ahorro y eficiencia energética plasmadas en la Ley 15/2010, de 10 de diciembre, de Prevención de la Contaminación Lumínica y del Fomento del Ahorro y Eficiencia Energética de Castilla y León, como garantía de un servicio público de calidad y eficiente.
En esta actuación de oficio hemos abordado la situación que presentan algunas instalaciones de alumbrado público municipal en este contexto de escalada de los precios de la luz y de implantación de medidas dirigidas a la disminución del consumo. Creemos que las administraciones deben liderar los esfuerzos de ahorro en consumo energético que se están requiriendo a todos los ciudadanos, y uno de los servicios públicos en los que se puede actuar es en el alumbrado, puesto que suele ser una de las partidas de gasto más importantes dentro del presupuesto municipal, y podría abrir la puerta a un mayor ahorro si se apuesta por la eficiencia. Por ello hemos dirigido una recomendación general a todos los Ayuntamientos de más de 5 mil habitantes de nuestro ámbito territorial para que continúen con la mejora de las instalaciones de alumbrado público municipal, de manera que se puedan sustituir las luminarias y/o instalaciones que hayan quedado obsoletas, instalando en su lugar sistemas más duraderos y eficientes. Además, les hemos recomendado que realicen estudios del impacto ambiental lumínico, tanto de las instalaciones preexistentes como de las proyectadas, verificando los niveles lumínicos instalados en cada municipio, las uniformidades, los deslumbramientos y especialmente la luz intrusa y no útil, en cumplimiento de las medidas de ahorro y eficiencia energética plasmadas en la Ley 15/2010, de 10 de diciembre, de Prevención de la Contaminación Lumínica y del Fomento del Ahorro y Eficiencia Energética de Castilla y León, como garantía de un servicio público de calidad y eficiente.
En la queja se hacía alusión a que un Ayuntamiento cobraba los bonos por baños y por temporada, de la piscina pública, el doble a los no empadronados que a los empadronados, vulnerando con ello los principios de igualdad y de no discriminación.
Constatada la veracidad de las afirmaciones de la queja, desde esta Procuraduría se dictó Resolución en el sentido de instar a que por el Ayuntamiento se procediera a modificar el artículo 3.2 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de piscina municipal, en el sentido de fijar una tarifa única y común para todos los usuarios de los servicios prestados, con independencia de su lugar de empadronamiento, dejando a salvo la posibilidad de modular su importe en función de la concurrencia de circunstancias ajustadas a lo previsto en la legislación vigente, de las que se ha dado cuenta en el cuerpo de esta Resolución.