Procurador del Común
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El Procurador del Común entrega al presidente de las Cortes de Castilla y León el Informe anual 2022, año en el que se tramitaron 8.247 expedientes
04/04/2023
 
Imagen    El Procurador del Común entrega al presidente de las Cortes de Castilla y León el Informe anual 2022, año en el que se tramitaron 8.247 expedientes

 

 

Tomás Quintana ha entregado a Carlos Pollán el Informe que será expuesto en el Pleno convocado al efecto.

 

 

4 de abril de 2023.- Las solicitudes de intervención por parte de los ciudadanos, como medio de reacción y defensa ante lo que entienden como una vulneración de sus derechos individuales o colectivos, han dado origen a la apertura y tramitación en 2022 de 8.247 expedientes el Procurador del Común.

 

De ellos, 6.456 han versado sobre únicamente 16 asuntos y se han considerado como quejas múltiples, entendiendo por tales aquellas que han dado lugar a la presentación de, al menos, 10 quejas ante el Procurador del Común sobre un mismo problema, ya sea de forma idéntica o a través de formularios de adhesión a una queja remitida por un tercero, se le haya designado o no como representante.

 

En todo caso, en 2022, la Institución ha recibido 1.807 quejas, de las cuales 16 de ellas han sido consideradas múltiples, al haber sido presentadas por más de 10 personas. 

 Distribución de las quejas por Área

 

Área

Núm. Quejas

%

Administración local

394

21,80

Empleo Público

232

12,84

Sanidad y Consumo

177

9,80

Medio Ambiente

161

8,91

Familia, Igualdad de Oportunidades y Juventud

161

8,91

Fomento

147

8,14

Hacienda

141

7,80

Interior y Movimientos Migratorios

108

5,98

Educación

94

5,20

Industria, Comercio, Empleo, Seguridad Social y Prestaciones

82

4,54

Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

45

2,49

Justicia

34

1,88

Cultura, Turismo y Deportes

31

1,72

Total 

1.807

100,00

 

Actuaciones de oficio

 

En el año 2022, se tramitaron 63 actuaciones de oficio promovidas por el Procurador del Común, sobre temas considerados de interés para el ejercicio de derechos por la ciudadanía. Tales fueron, entre otras, la exclusión financiera de las personas que residen en municipios rurales; las deficiencias de la atención pediátrica en el mundo rural; las condiciones de uso en que se hallan las ambulancias del servicio de transporte sanitario; la resolución de ayudas solicitadas dentro del programa MOVES III; la prestación de los servicios de asistencia a pequeños municipios por las Diputaciones Provinciales; la recogida selectiva de residuos textiles, aceite de cocina y residuos domésticos peligrosos; la evaluación de la contaminación lumínica producida por las instalaciones de alumbrado público; la gestión del desarrollo y establecimiento uso de las medidas de ahorro y eficiencia energética en los edificios; el control metrológico de los dispositivos foto-rojo; la ocupación del espacio público por terrazas de establecimientos hosteleros; el abastecimiento agua potable suficiente y de calidad en pequeñas localidades; las convocatorias para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en el cuerpo de maestros; la asistencia de las Diputaciones a los municipios para la solicitud de ayudas y su gestión con cargo al Fondo de Recuperación Next Generation; la conservación y puesta en valor de los inmuebles de antiguo uso ferroviario; el acceso de los ciudadanos a la totalidad de los Bienes de Interés Cultural declarados en la Comunidad; sobre las medidas a adoptar frente al Covid-19 en el inicio del curso académico 2022-2023; la protección de la salud mental en los centros educativos, la ampliación del servicio de comedor escolar a todos los alumnos de municipios rurales; la ampliación de las plazas concertadas para alumnos con autismo; la discriminación de menores con discapacidad por la falta de plazas inclusivas en campamentos; la adopción de normas que permitan la reforma de las viviendas protegidas ocupadas por familias numerosas, la conservación en buen uso de los hidrantes en los municipios, la promoción y convocatoria de ayudas en favor de la natalidad, en materia de procedimiento administrativo de adopción o la situación de las zonas de baño en diversos ríos de la Comunidad.

 

Además, se han promovido algunas actuaciones de oficio de ámbito territorial más limitado, como la accesibilidad a los vehículos de transporte público urbano en el municipio de Ávila, la atención sanitaria en Rejas de San Esteban (Soria), la supresión del servicio de guardia nocturna de las farmacias en las Zonas Básicas de Salud del Tera y de Vidriales, la promoción de las salinas de Poza de la Sal (Burgos), la Conservación de la Casa de las Muertes de Salamanca, la situación del servicio de salud mental infanto-juvenil en Aranda de Duero (Burgos), entre otras.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Quejas múltiples tramitadas

 

Durante 2022, en relación con las 16 quejas consideradas múltiples, se abrieron un total de 6.456 expedientes.

 

Quejas múltiples recibidas en 2022

 

Área

Asunto

Expedientes

 

Empleo público

Pruebas selectivas realizadas al amparo de la Orden FYM/738/2021, de 14 de junio (Cuerpos de Policía Local)

31

Consultorios locales y disconformidad con indemnización por kilometraje

60

Complemento retributivo de director en Centros Rurales Agrupados

19

Administración local

Deficiencias en el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos en Corniero (León)

17

Fomento

Solución provisional para el tráfico en el puente sobre el embalse del Ebro en Arija (Burgos)

215

Medio Ambiente

Disconformidad con la ubicación elegida para el parque eólico denominado “Miravete” en Celada de la Torre (Burgos)

16

Disconformidad con la ubicación elegida para el parque solar denominado “Villayerno” en Celada de la Torre (Burgos)

18

 

 

 

Educación

Queja Covid-19. Reapertura al público de los conciertos en los Conservatorios de Música

52

Implantación de servicio de comedor escolar en CRA Siglo XXI de Sotillo de la Ribera (Burgos)

779

CEIP Puente Castro (León) / Deficiencias en las instalaciones de calefacción

153

Adjudicación del servicio de comedor escolar

2.039


 

Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Perros vagabundos en Santiuste de Pedraza (Segovia)

30

 

 

 

Sanidad y Consumo

Deficiencias en el servicio sanitario prestado en la Zona Básica de Salud de Sahagún (León)

789

Retraso en la construcción del nuevo Centro de Salud de Sahagún (León)

789

Deficiencias asistencia sanitaria Zona Básica de Salud de Tábara (Zamora)

1.333

Suspensión consulta médica semanal / Consultorio local de Castillejo de Azaba (Salamanca)

116

Total

6.456

 

 

 

Distribución de quejas por la Administración afectada

 

Administración

Núm. Quejas

%

Local (Castilla y León)

938

51,91

Autonómica (Castilla y León)

679

37,58

Central

139

7,69

Justicia

22

1,22

No Administración (asuntos de naturaleza privada)

21

1,16

Otras

8

0,44

Total

1.807

100,00

 

Quejas relativas al funcionamiento de la Administración Autonómica

 

ADMINISTRACIÓN

NÚM. QUEJAS

Consejería de Sanidad

192

Consejería de Educación

120

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

84

Consejería de la Presidencia

78

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

68

Consejería de Economía y Hacienda

33

Consejería de Industria, Comercio y Empleo

24

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

21

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

17

Consejería de Movilidad y Transformación Digital

15

Universidad de Salamanca

12

Universidad de Burgos

6

Universidad de Valladolid

5

Universidad de León

4

Total

679

 

Quejas relativas al funcionamiento de la Administración local

 

Administración

núm. quejas

%

Ayuntamientos

845

90,09

Diputaciones

44

4,69

Entidades locales menores

42

4,48

Mancomunidades

7

0,75

Total

938

100,00

 

Resoluciones formuladas por el Procurador del Común

Se han dictado 1533 resoluciones, 298 más que el año anterior, de ellas 170 supusieron un archivo por inexistencia de irregularidad y en 1.363 se formuló resolución o recomendación.

 

En cuanto a la aceptación por las Administraciones y Entidades públicas de las resoluciones en las que se formulaba recomendación, recordatorio de deberes legales o sugerencia se alcanza en 2022 el 88,92%, casi tres puntos más que el año anterior.

 

Aceptadas.................................................. 923

No aceptadas............................................. 115                

 

 

 

Otros datos

 

Durante 2022 se ha producido un aumento de la actividad institucional de atención presencial y personalizada a los ciudadanos, tanto en la sede del Procurador del Común en León, como en el resto de provincias donde se acude de forma mensual o quincenal. Así, se han realizado un total de 442 entrevistas presenciales con personal de la Oficina de Atención al Ciudadano, frente a las 268 del año 2021.

 

Además se han atendido 104 consultas que derivan de la imposible calificación de forma inicial de una solicitud ciudadana como escrito de queja o la necesidad de asesoramiento específico.

 

Los canales de contacto más utilizados han sido la sede electrónica, el correo electrónico o la propia web donde se recibieron 1.261, muy por encima de las formuladas por medios no digitalizados 546. No debe, no obstante, restarse relevancia al número de reclamaciones todavía presentadas por correo postal con 283.

 

 

 

El Informe anual 2022 completo está disponible en la página web del Procurador del Común de Castilla y León:

 

https://www.procuradordelcomun.org/informes-anuales/1/

Procurador del Común de Castilla y León
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Carga desproporcionada

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Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 22 de febrero de 2024.

Última actualización de la declaración: 22 de febrero de 2024. El método empleado para actualizar la declaración ha sido una evaluación llevada a cabo por la empresa Soluciones Informáticas Santa Mónica.

 

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Procedimiento de aplicación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada través de procurador@procuradordelcomun.org, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Unidad de Accesibilidad y Transformación Digitales del Procurador del Común de Castilla y León.

 

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La recogida y el tratamiento de datos personales por la institución del Procurador del Común de Castilla y León se realiza, con carácter general, a fin de atender y tramitar debidamente las quejas o peticiones de los ciudadanos para la protección y defensa de sus derechos individuales y colectivos. A tal fin, Ley 2/1994, de 9 de marzo, del Procurador del Común de Castilla y León, garantiza el anonimato en su tramitación, de forma que la publicación anual de la estadística y de un resumen de las quejas y peticiones recibidas por la institución se realiza con eliminación de cualquier dato personal. Del mismo modo, la publicación en la página electrónica de la institución de las resoluciones dictadas por el Procurador del Común de Castilla y León se realiza previa seudonimización de datos personales.

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Legitimación del tratamiento de datos personales

El Procurador del Común es el Alto Comisionado de las Cortes de Castilla y León, designado por estas, que actúa con independencia para la protección y defensa de los derechos constitucionales de los ciudadanos y de los derechos y principios reconocidos en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León frente a la Administración de la Comunidad, la de sus entes locales y la de los diferentes organismos que de estas dependan. Cumple sus funciones con autonomía, independencia y objetividad, investigando y resolviendo los expedientes iniciados de oficio y las quejas formuladas, sin estar sometido a mandato imperativo o recibir instrucciones de ninguna Autoridad. Su actuación asegura, en consecuencia, un control externo sobre la Administración, ordenado tanto a la defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos como al funcionamiento de la Administración Pública, al servicio de los intereses generales que representa como consecuencia de su legitimación democrática. 

Conforme al artículo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679, el tratamiento de datos personales será lícito si resulta necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público, concretando el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, que solo podrá considerarse fundado en una misión de este tipo cuando derive de una competencia atribuida por una norma con rango de ley, caso de la institución del Procurador del Común de Castilla y León al amparo, fundamentalmente, de la Ley 2/1994, de 9 de marzo, de esta Comunidad Autónoma. También encuentra base jurídica en la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, la Ley 36/1985, de 6 de noviembre, por la que se regulan las relaciones entre la institución del Defensor del Pueblo y las figuras similares en las distintas Comunidades Autónomas, y en la legislación procesal vigente.

En todo caso, el artículo 11.1 de la Ley 2/1994, de 9 de marzo, del Procurador del Común de Castilla y León dispone que toda queja o petición se presentará en escrito firmado por el interesado y con sus datos de identificación y domicilio, en el que se harán constar de forma razonada y con la debida claridad los hechos en que se basan, acompañando los documentos que puedan servir para la comprensión del caso. De no hacerlo así, la institución no podrá tramitar la queja o petición correspondiente, debiendo rechazar el Procurador del Común, conforme al artículo 12.3 de la misma Ley, las quejas anónimas. Del mismo modo, a fin de cumplir con la misión de interés general que le encomienda el ordenamiento jurídico de Castilla y León, es deber legal de las Autoridades, funcionarios y personal de organismos y dependencias de cualquier Administración pública con sede en la Comunidad Autónoma, de acuerdo con su artículo 16, facilitar al Procurador del Común de Castilla y León o a la persona en quien delegue, las informaciones, asistencia y entrada en todas las dependencias, centros y organismos, así como los datos, expedientes o cualquier clase de documentos que permitan llevar a cabo adecuadamente la actuación investigadora, sin que sea necesario que el interesado exprese su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales.

Posibles destinatarios del tratamiento de datos personales 

Los datos personales recabados y tratados por el Procurador del Común de Castilla y León en el ejercicio de su actividad podrán ser comunicados a las siguientes entidades:

1. En relación con la misión institucional de interés general de la institución:

- Las Autoridades, Administraciones e instituciones públicas con sede en Castilla y León que se considere, en cada caso, competentes para informar, conocer o resolver sobre la cuestión objeto de queja o petición. 

- El Defensor del Pueblo de España u otros altos comisionados parlamentarios de las Comunidades Autónomas con funciones equivalentes, cuando se considere que son los competentes.

- Los órganos judiciales competentes cuando recaben expedientes o actuaciones sometidas a su conocimiento conforme a las leyes procesales y judiciales aplicables.

- El Ministerio Fiscal, en su caso.

- Las personas que acrediten un interés legítimo para acceder a los datos personales u otra información de la institución, valorando y optando, en este caso, por la seudonimización o la necesidad de recabar el consentimiento del afectado si así lo requiriese la normativa aplicable o lo considerara necesario el Responsable del tratamiento de los datos personales para una mejor protección de los derechos de este último.

2. En relación con el personal de la institución, su funcionamiento o actividad interna administrativa, de contabilidad o gestión económico-financiera:

- Las Administraciones y entidades públicas o privadas competentes, conforme a la normativa tributaria, de la seguridad social y de derechos pasivos y al régimen jurídico aplicable en cada caso al personal al servicio de la institución. 

- Los órganos judiciales competentes cuando recaben expedientes o actuaciones sometidas a su conocimiento conforme a las leyes procesales y judiciales aplicables.

3. En relación con la seguridad de las dependencias y del personal al servicio del Procurador del Común de Castilla y León:

- Los cuerpos de seguridad cuando soliciten datos o informaciones personales para la investigación de la posible comisión de una infracción administrativa o delito.

Procedencia de datos personales: 

Los datos personales recabados y tratados por la institución del Procurador del Común de Castilla y León proceden del propio interesado que plantea una queja o petición o, en su caso, de las Administraciones, instituciones y entidades públicas consideradas en cada caso competentes para su conocimiento o resolución.

Pueden ser recabados, en general, a consecuencia de la recepción, archivo, control de entrada y salida de los escritos y documentos que se presentan o dirigen a la institución, así como verbalmente a raíz de las consultas, peticiones de citas y visitas que pudieran realizarse a la institución (ya sea por por teléfono o presencialmente).

Si el interesado en una queja o petición facilita datos personales de terceros, asume la responsabilidad de informarles previamente en los términos dispuestos por el artículo 14 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Duración del tratamiento de datos personales

No se contemplan plazos de supresión de los datos personales por aplicación a la institución de la normativa sobre archivos públicos y patrimonio documental, si bien los deberes de información y transparencia en la materia se considerarán cumplidos para un período de cinco años una vez acreditada la puesta a disposición del interesado de la información básica en la materia, renovándose en caso de ser necesario respecto a aquellos interesados que mantengan relación y contacto con la institución.

En todo caso, el Procurador del Común de Castilla y León conservará en sus archivos, conforme al ordenamiento jurídico vigente, los documentos producidos por la institución en el ejercicio de su actividad, dando cumplimiento a los derechos de acceso y consulta en los términos que resulten legalmente aplicables.

Derechos de los interesados

Los interesados tienen los derechos que les reconocen el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el resto de la normativa aplicable en materia de protección de datos, incluido, en particular, el derecho a conocer el origen de sus datos personales cuando no se hayan obtenido de ellos.

Los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición respecto a los datos personales recabados y tratados por el Procurador del Común de Castilla y León serán ejercitables por los interesados en los términos establecidos en la legislación vigente.

Para su ejercicio, los interesados habrán de dirigir solicitud escrita al Procurador del Común de Castilla y León, C/ Sierra Pambley 4, León (código postal 24003), correo electrónico pccyl@pccyl.es, pudiendo, en caso de no estar de acuerdo con su actuación, presentar una reclamación ante la Delegada de protección de datos personales de la institución o la Agencia Española de Protección de Datos, en su calidad de autoridad de control en la materia.

 

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