La posible falta de funcionamiento del órgano colegiado de gobierno de una entidad local menor se puso de manifiesto por medio de una queja que exponía que no había celebrado ninguna sesión o, al menos, nunca había sido convocado uno de sus miembros.
La petición de información que esta Procuraduría cursó a la entidad para comprobar tales hechos no obtuvo respuesta. Consideramos oportuno no obstante recordar las normas que rigen el funcionamiento de las juntas vecinales, en cuanto a la celebración de sesiones y a la notificación de las convocatorias a todos los vocales.
Además de dar respuesta a varias reclamaciones cuya resolución no había quedado acreditada, se recordaba el deber de cumplir la obligación de auxiliar al Procurador del Común en sus investigaciones.
Para determinar la posible existencia de irregularidades en la aplicación de los precios a los usuarios en un centro residencial de titularidad municipal en 2018, gestionado por una entidad privada, se recomendó al Ayuntamiento de Sahagún la realización de la fiscalización oportuna de dicha gestión indirecta, imponiendo, en su caso, las medidas pertinentes conforme a las infracciones detectadas y dando las órdenes oportunas dirigidas a la devolución de las cantidades que se hubieran ingresado indebidamente.
Las entidades locales han de facilitar a los diversos grupos políticos un espacio físico y los medios materiales que precisen en la medida de las posibilidades funcionales de la organización administrativa. Esas posibilidades se examinaron en el caso de un pequeño municipio de la provincia de Salamanca que alegaba falta de espacio para denegar el derecho a un grupo que había solicitado la asignación de un local en la sede del Ayuntamiento, aunque en ellas se ubicaban otros servicios ajenos al ámbito de actuación municipal.
En la misma línea de otros pronunciamientos, consideramos que debía el Ayuntamiento atender la solicitud del grupo político reconociendo su derecho a disponer de un espacio físico en la sede municipal, aunque fuera limitado en el tiempo de uso, incluso con algunas restricciones que de forma motivada pudieran acordarse temporalmente para evitar la propagación de la Covid-19.
En el presente expediente se denuncia la paralización de cuatro procesos selectivos que tenían como objeto, por un lado, la provisión en propiedad, como personal laboral fijo, de una plaza de peón de servicios múltiples, de una plaza de cocinero/a limpiador/a y de dos plazas de educador/a infantil, y por otro lado, la provisión en propiedad, como personal funcionario, de una plaza de auxiliar administrativo. En concreto, solamente nos constaba que la convocatoria y las bases fueron aprobadas mediante Resolución de la Alcaldía de 24 de mayo de 2019, así como la existencia de cuatro diligencias, de fecha 17 de septiembre de 2019, “advirtiendo que se ha cumplido el plazo del mes” previsto para aprobar la lista provisional de admitidos y excluidos.
En nuestra Resolución se hizo referencia a la Recomendación del Defensor del Pueblo, de 12 de septiembre de 2017, que contempla un supuesto prácticamente idéntico, y que señala que dicha actuación “pudiera vulnerar los principios de eficacia de la actuación administrativa y de seguridad jurídica en su relación con los ciudadanos”. En consecuencia, se instó al Ayuntamiento a adoptar la resolución motivada que corresponda respecto a los procesos selectivos objeto del presente expediente, y a publicar la misma, para conocimientos de los interesados, en los Boletines en los que se han publicado la convocatoria y las bases (Boletín Oficial de la Provincia, Boletín Oficial de Castilla y León y Boletín Oficial de Estado), así como en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento.
En esta actuación de oficio nos interesamos por conocer la situación en la que se encontraba el arbolado urbano y de las zonas verdes de nuestras ciudades, así como y las medidas concretas que se estaban adoptando en nuestra Comunidad Autónoma para el diseño y planificación de estos espacios en nuestros municipios, los criterios de elección de especies vegetales que utilizan, si se tiene en cuenta y en qué medida los efectos del cambio climático, la oferta de huertos de ocio y/o urbanos que existe en cada ciudad, si existen medidas de protección o puesta en valor del arbolado urbano y también de los ejemplares botánicos singulares con los que eventualmente pudieran contar, etc. Tras solicitar información a todos los municipios de nuestra Comunidad de más de 5.000 habitantes y a la vista de los datos recabados se ha elaborado un informe especial, que finaliza con una serie de recomendaciones generales formuladas a todos los Ayuntamientos para que examinen el diseño y ubicación de las zonas verdes de sus municipios procurando que no sean espacios aislados en el entramado urbano sino que se encuentren conectados entre sí, facilitando su relación también con las áreas naturales periurbanas y exteriores. Les instamos, también, a garantizar su adecuada conservación y mantenimiento, en cumplimiento de los compromisos de sostenibilidad ambiental y salud de la población, así como a efectuar una planificación profesional para el tratamiento y elección arbolado urbano, diversificando los géneros que se plantan en las ciudades y evitando los más problemáticos. Por otro lado se recomendó potenciar o incrementar la oferta de huertos de ocio municipales, ya que contribuyen a la creación de una verdadera infraestructura verde al tiempo que ayudan a garantizar la salud, las relaciones sociales y el envejecimiento activo, de amplios sectores de la población. Por último se alude en nuestras recomendaciones a la necesidad de favorecer la creación de vías especificas de circulación ciclista o peatonal, seguras y de alta calidad ambiental.
En esta actuación de oficio nos interesamos por conocer la situación en la que se encontraba el arbolado urbano y de las zonas verdes de nuestras ciudades, así como y las medidas concretas que se estaban adoptando en nuestra Comunidad Autónoma para el diseño y planificación de estos espacios en nuestros municipios, los criterios de elección de especies vegetales que utilizan, si se tiene en cuenta y en qué medida los efectos del cambio climático, la oferta de huertos de ocio y/o urbanos que existe en cada ciudad, si existen medidas de protección o puesta en valor del arbolado urbano y también de los ejemplares botánicos singulares con los que eventualmente pudieran contar, etc. Tras solicitar información a todos los municipios de nuestra Comunidad de más de 5.000 habitantes y a la vista de los datos recabados se ha elaborado un informe especial, que finaliza con una serie de recomendaciones generales formuladas a todos los Ayuntamientos para que examinen el diseño y ubicación de las zonas verdes de sus municipios procurando que no sean espacios aislados en el entramado urbano sino que se encuentren conectados entre sí, facilitando su relación también con las áreas naturales periurbanas y exteriores. Les instamos, también, a garantizar su adecuada conservación y mantenimiento, en cumplimiento de los compromisos de sostenibilidad ambiental y salud de la población, así como a efectuar una planificación profesional para el tratamiento y elección arbolado urbano, diversificando los géneros que se plantan en las ciudades y evitando los más problemáticos. Por otro lado se recomendó potenciar o incrementar la oferta de huertos de ocio municipales, ya que contribuyen a la creación de una verdadera infraestructura verde al tiempo que ayudan a garantizar la salud, las relaciones sociales y el envejecimiento activo, de amplios sectores de la población. Por último se alude en nuestras recomendaciones a la necesidad de favorecer la creación de vías especificas de circulación ciclista o peatonal, seguras y de alta calidad ambiental.