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En 2024 el Procurador del Común tramitó 2.273 nuevos expedientes, derivados de 1.918 quejas y 144 actuaciones de oficio
02/01/2025
 
Imagen En 2024 el Procurador del Común tramitó 2.273 nuevos expedientes, derivados de 1.918 quejas y 144 actuaciones de oficio

Las provincias de León y Valladolid acumulan dentro de la Comunidad el  mayor número de quejas.

Administración local, Fomento y Empleo Público son las materias en las que se han recibido un mayor número de quejas.

Han sido presentadas 8 quejas múltiples que han dado lugar a la tramitación de 219 expedientes.   

Con el fin de ofrecer una información lo más completa y transparente posible acerca de la actividad de la Institución, ya el año 2021 el Procurador del Común de Castilla y León modificó la metodología a la hora de plasmar los datos relativos a su actividad anual, metodología que se ha seguido también en el último ejercicio. Así, también en este ese año, las quejas denominadas “múltiples”, es decir aquellas que se presentan por diferentes personas sobre un mismo asunto, ya sea porque tienen un contenido sustancialmente idéntico o bien porque se incorporan a un formulario en el que se refleja la queja y al que se adhieren varios ciudadanos, se han considerado a efectos estadísticos como una sola queja. Por esta razón, el conjunto de las quejas computadas a efectos estadísticos han dado lugar, como se indicará seguidamente, a un número de expedientes superior al número de quejas contabilizadas.

Teniendo en cuenta los criterios de cómputo señalados, en 2024 la Defensoría tramitó 2.273 expedientes, correspondientes a 1.918 quejas promovidas a instancia de parte, cada una de ellas sobre un asunto diferente, y a 144 actuaciones de oficio promovidas por el Procurador del Común.

Por provincias, la provincia de León vuelve a liderar el número de quejas presentadas con 398, seguida de la provincia de Valladolid con 323, de Burgos con 227, de Salamanca con 143, de Palencia 135, de Segovia con 113, de Zamora 109, de Ávila con 89 y de Soria con 80. Completan los datos relativos a su procedencia, 156 quejas de personas de otras provincias de fuera de la Comunidad; 1 presentada por firmantes de varias provincias; 4 procedentes de otros países y otras 140 que no reflejan el domicilio ni la provincia de procedencia, por lo que se desconoce la procedencia de sus autores, aunque, como es exigible, están plenamente identificados. 

En cuanto a las áreas temáticas sobre las que versan las 1.918 quejas recibidas, áreas que determinan la organización del trabajo en la Institución, destacan, un año más, las referidas a la Administración Local, es decir, sobre la organización y funcionamiento, así como sobre los servicios públicos que prestan los entes locales, que acaparan el 25,08% de las reclamaciones; a la que siguen el área de Fomento, que incluye materias como, entre otras, obras públicas, transportes y sociedad de la información y del conocimiento, el 11,63%; la de Empleo Público el 10,74%; Medio Ambiente el 9,85%; el área de Familia e Igualdad de Oportunidades el 8,76%; Sanidad y Consumo el 8,45%; Hacienda el 5,79%; Interior el 5,11%; Educación, el 4,64%; Industria, Comercio, Empleo, Seguridad Social y Prestaciones el 4,43 %; Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural el 2,19%; Cultura, Turismo y Deportes el 1,88% y Justicia 1,46%. 

 

QUEJAS MÚLTIPLES

Como consecuencia de la presentación de 8 quejas múltiples, es decir, sobre 8 asuntos diferentes pero presentadas por una pluralidad de personas cada una de ellas, durante 2024 se abrieron 219 expedientes. Concretamente, en materia de Empleo Público se presentó una queja por 13 personas sobre el concurso de traslados del Cuerpo Facultativo Sanitario (veterinarios) y  tres reclamaciones promovidas por 11 personas cada una de ellas, en relación a dos complementos salariales y al grupo profesional del personal que presta servicios como telefonista de la Administración de Castilla y León. En el área de Fomento se han tramitado 30 expedientes correspondientes a una queja sobre las deficiencias en la prestación de servicios de Telecomunicaciones en Villamayor del Condado (León). En materia de Educación, se tramitaron 22 expedientes a partir de una queja formulada sobre la elección de los miembros de la comisión de selección de Director del Conservatorio Profesional de Música en Segovia. En el área de Interior fueron 101 los expedientes tramitados como una única queja sobre las medidas de reducción de la velocidad de la antigua N-611 Palencia-Santander. Por último, en materia de Hacienda se tramitaron 20 expedientes a raíz de una queja en materia tributaria relativa a inmuebles en suelo urbano no consolidado sin desarrollo urbanístico.

 

ACTUACIONES DE OFICIO

Completa la estadística correspondiente al año 2024 la tramitación de 144 actuaciones de oficio, 47 más que el pasado año, promovidas por el Procurador del Común y dirigidas, según los casos, a la Administración autonómica, a las Diputaciones provinciales y a diferentes municipios; siempre sobre temas considerados de interés para el ejercicio de derechos por la ciudadanía.

Así, como ejemplo, cabe destacar la especial atención sobre el abastecimiento de agua potable en muchas poblaciones de Castilla y León, incidiendo en el control efectivo del consumo, la turbidez, la contaminación por nitratos del agua suministrada, incluso sobre la calidad del agua de las fuentes naturales. También se ha actuado de oficio en relación con las personas con discapacidad; en particular, para el acceso al empleo público; para promover la existencia de plazas de aparcamiento para vehículos utilizados por personas con movilidad reducida; para la previsión de tarifas especiales de acceso a las piscinas municipales para personas con discapacidad, así como para la eliminación de las barreras en establecimientos hosteleros de la Comunidad. Se ha reparado, igualmente, a través de las correspondientes actuaciones de oficio, en las medidas de control en la venta y consumo de bebidas alcohólicas a menores; en los problemas de tráfico y seguridad vial en los accesos a los centros escolares en horario de entrada y salida a los mismos; en las medidas de seguridad de los vehículos destinados al transporte escolar; en los apoyos para el alumnado con discapacidad auditiva; en las medidas frente al acoso escolar en Castilla y León. En materia de sanidad, se ha tratado la cuestión relativa a las diferencias existentes en cuanto a plazos de espera para la realización de pruebas diagnósticas entre hospitales de diferentes provincias; sobre los reconocimientos médicos para deportistas en edad escolar o las cuestiones que suscita el tratamiento de hormona del crecimiento. Relacionado con el sector primario, también han sido objeto de las correspondientes actuaciones de oficio la adquisición mediante contrato público de productos frescos de proximidad para ser consumidos en los hospitales; la demora en la resolución de los expedientes de mejora e incorporación de personas al sector agrario; las plaga de topillos en fincas de cultivo agrícola; la conservación y posibles usos de los silos de cereales, hoy en desuso. Las medidas dirigidas a facilitar el acceso a la vivienda a las personas jóvenes. Además, de otras actuaciones sobre problemas de los que tuvimos conocimiento que se estaban produciendo, como las demoras en la atención por la unidad del dolor de Zamora; las deficiencias en el funcionamiento en la prestación del servicio de Oncología del Hospital de El Bierzo, o en el funcionamiento de la Residencia de personas mayores de Flores del Sil (León), entre otras actuaciones promovidas de oficio.    

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Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 22 de febrero de 2024.

Última actualización de la declaración: 22 de febrero de 2024. El método empleado para actualizar la declaración ha sido una evaluación llevada a cabo por la empresa Soluciones Informáticas Santa Mónica.

 

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Procedimiento de aplicación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada través de procurador@procuradordelcomun.org, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Unidad de Accesibilidad y Transformación Digitales del Procurador del Común de Castilla y León.

 

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La recogida y el tratamiento de datos personales por la institución del Procurador del Común de Castilla y León se realiza, con carácter general, a fin de atender y tramitar debidamente las quejas o peticiones de los ciudadanos para la protección y defensa de sus derechos individuales y colectivos. A tal fin, Ley 2/1994, de 9 de marzo, del Procurador del Común de Castilla y León, garantiza el anonimato en su tramitación, de forma que la publicación anual de la estadística y de un resumen de las quejas y peticiones recibidas por la institución se realiza con eliminación de cualquier dato personal. Del mismo modo, la publicación en la página electrónica de la institución de las resoluciones dictadas por el Procurador del Común de Castilla y León se realiza previa seudonimización de datos personales.

En relación con el personal de la institución, el tratamiento de sus datos personales va dirigido a la gestión de la plantilla orgánica del Procurador del Común de Castilla y León, en particular, la selección, altas, bajas y modificaciones que sea preciso realizar,  la formación, la prevención en materia de riesgos laborales, la elaboración y el control de las nóminas o el abono de otros pagos y percepciones que corresponda percibir al personal al servicio de la institución. Todo ello con comunicación, cuando resulte pertinente, de los datos y la información que sea precisa a las Administraciones, entidades públicas o privadas u órganos judiciales competentes, conforme a la normativa aplicable.

En relación con la actividad administrativa, de contabilidad y gestión económico-financiera de la institución, el tratamiento de los datos personales que resulte preciso para la tramitación, control y seguimiento, en su caso, de los documentos, estados contables y expedientes de contratación y gasto derivados de este tipo de actividad de la institución, incluyendo documentos contables, fiscales o tributarios, así como la gestión de las adquisiciones necesarias para el funcionamiento de la institución. Todo ello con comunicación, cuando resulte debido, a las Administraciones públicas y a las entidades bancarias que correspondan para ejecutar las transferencias y órdenes de pago, así como, en su caso, a los órganos judiciales competentes conforme a la normativa procesal aplicable.

Legitimación del tratamiento de datos personales

El Procurador del Común es el Alto Comisionado de las Cortes de Castilla y León, designado por estas, que actúa con independencia para la protección y defensa de los derechos constitucionales de los ciudadanos y de los derechos y principios reconocidos en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León frente a la Administración de la Comunidad, la de sus entes locales y la de los diferentes organismos que de estas dependan. Cumple sus funciones con autonomía, independencia y objetividad, investigando y resolviendo los expedientes iniciados de oficio y las quejas formuladas, sin estar sometido a mandato imperativo o recibir instrucciones de ninguna Autoridad. Su actuación asegura, en consecuencia, un control externo sobre la Administración, ordenado tanto a la defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos como al funcionamiento de la Administración Pública, al servicio de los intereses generales que representa como consecuencia de su legitimación democrática. 

Conforme al artículo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679, el tratamiento de datos personales será lícito si resulta necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público, concretando el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, que solo podrá considerarse fundado en una misión de este tipo cuando derive de una competencia atribuida por una norma con rango de ley, caso de la institución del Procurador del Común de Castilla y León al amparo, fundamentalmente, de la Ley 2/1994, de 9 de marzo, de esta Comunidad Autónoma. También encuentra base jurídica en la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, la Ley 36/1985, de 6 de noviembre, por la que se regulan las relaciones entre la institución del Defensor del Pueblo y las figuras similares en las distintas Comunidades Autónomas, y en la legislación procesal vigente.

En todo caso, el artículo 11.1 de la Ley 2/1994, de 9 de marzo, del Procurador del Común de Castilla y León dispone que toda queja o petición se presentará en escrito firmado por el interesado y con sus datos de identificación y domicilio, en el que se harán constar de forma razonada y con la debida claridad los hechos en que se basan, acompañando los documentos que puedan servir para la comprensión del caso. De no hacerlo así, la institución no podrá tramitar la queja o petición correspondiente, debiendo rechazar el Procurador del Común, conforme al artículo 12.3 de la misma Ley, las quejas anónimas. Del mismo modo, a fin de cumplir con la misión de interés general que le encomienda el ordenamiento jurídico de Castilla y León, es deber legal de las Autoridades, funcionarios y personal de organismos y dependencias de cualquier Administración pública con sede en la Comunidad Autónoma, de acuerdo con su artículo 16, facilitar al Procurador del Común de Castilla y León o a la persona en quien delegue, las informaciones, asistencia y entrada en todas las dependencias, centros y organismos, así como los datos, expedientes o cualquier clase de documentos que permitan llevar a cabo adecuadamente la actuación investigadora, sin que sea necesario que el interesado exprese su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales.

Posibles destinatarios del tratamiento de datos personales 

Los datos personales recabados y tratados por el Procurador del Común de Castilla y León en el ejercicio de su actividad podrán ser comunicados a las siguientes entidades:

1. En relación con la misión institucional de interés general de la institución:

- Las Autoridades, Administraciones e instituciones públicas con sede en Castilla y León que se considere, en cada caso, competentes para informar, conocer o resolver sobre la cuestión objeto de queja o petición. 

- El Defensor del Pueblo de España u otros altos comisionados parlamentarios de las Comunidades Autónomas con funciones equivalentes, cuando se considere que son los competentes.

- Los órganos judiciales competentes cuando recaben expedientes o actuaciones sometidas a su conocimiento conforme a las leyes procesales y judiciales aplicables.

- El Ministerio Fiscal, en su caso.

- Las personas que acrediten un interés legítimo para acceder a los datos personales u otra información de la institución, valorando y optando, en este caso, por la seudonimización o la necesidad de recabar el consentimiento del afectado si así lo requiriese la normativa aplicable o lo considerara necesario el Responsable del tratamiento de los datos personales para una mejor protección de los derechos de este último.

2. En relación con el personal de la institución, su funcionamiento o actividad interna administrativa, de contabilidad o gestión económico-financiera:

- Las Administraciones y entidades públicas o privadas competentes, conforme a la normativa tributaria, de la seguridad social y de derechos pasivos y al régimen jurídico aplicable en cada caso al personal al servicio de la institución. 

- Los órganos judiciales competentes cuando recaben expedientes o actuaciones sometidas a su conocimiento conforme a las leyes procesales y judiciales aplicables.

3. En relación con la seguridad de las dependencias y del personal al servicio del Procurador del Común de Castilla y León:

- Los cuerpos de seguridad cuando soliciten datos o informaciones personales para la investigación de la posible comisión de una infracción administrativa o delito.

Procedencia de datos personales: 

Los datos personales recabados y tratados por la institución del Procurador del Común de Castilla y León proceden del propio interesado que plantea una queja o petición o, en su caso, de las Administraciones, instituciones y entidades públicas consideradas en cada caso competentes para su conocimiento o resolución.

Pueden ser recabados, en general, a consecuencia de la recepción, archivo, control de entrada y salida de los escritos y documentos que se presentan o dirigen a la institución, así como verbalmente a raíz de las consultas, peticiones de citas y visitas que pudieran realizarse a la institución (ya sea por por teléfono o presencialmente).

Si el interesado en una queja o petición facilita datos personales de terceros, asume la responsabilidad de informarles previamente en los términos dispuestos por el artículo 14 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Duración del tratamiento de datos personales

No se contemplan plazos de supresión de los datos personales por aplicación a la institución de la normativa sobre archivos públicos y patrimonio documental, si bien los deberes de información y transparencia en la materia se considerarán cumplidos para un período de cinco años una vez acreditada la puesta a disposición del interesado de la información básica en la materia, renovándose en caso de ser necesario respecto a aquellos interesados que mantengan relación y contacto con la institución.

En todo caso, el Procurador del Común de Castilla y León conservará en sus archivos, conforme al ordenamiento jurídico vigente, los documentos producidos por la institución en el ejercicio de su actividad, dando cumplimiento a los derechos de acceso y consulta en los términos que resulten legalmente aplicables.

Derechos de los interesados

Los interesados tienen los derechos que les reconocen el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el resto de la normativa aplicable en materia de protección de datos, incluido, en particular, el derecho a conocer el origen de sus datos personales cuando no se hayan obtenido de ellos.

Los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición respecto a los datos personales recabados y tratados por el Procurador del Común de Castilla y León serán ejercitables por los interesados en los términos establecidos en la legislación vigente.

Para su ejercicio, los interesados habrán de dirigir solicitud escrita al Procurador del Común de Castilla y León, C/ Sierra Pambley 4, León (código postal 24003), correo electrónico pccyl@pccyl.es, pudiendo, en caso de no estar de acuerdo con su actuación, presentar una reclamación ante la Delegada de protección de datos personales de la institución o la Agencia Española de Protección de Datos, en su calidad de autoridad de control en la materia.

 

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